Judiciales

17 de septiembre de 2026

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Condenaron a dos hombres que planeaban un atentado nazi contra la comunidad judía en Tucumán

En los allanamientos secuestraron armas de fuego, cuchillos, equipos de radiocomunicación y propaganda antisemita con la que planeaban perpetrar ataques contra instituciones religiosas locales.

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Escribe: redactor_1

Los acusados reconocieron los hechos en un juicio abreviado y recibieron tres años de prisión en suspenso.

En el marco de una causa iniciada por amenazas y planificación de actos violentos de tinte discriminatorio, la Justicia Federal condenó a tres años de prisión de ejecución condicional a Rafael Chibilisco Guzmán (26) y Leandro Fregenal (28). Ambos reconocieron su responsabilidad en la organización de un atentado antisemita dirigido contra la comunidad judía de Tucumán, el cual planeaban concretar durante la conmemoración del shabat en abril de 2021.

El fallo derivó de un acuerdo de juicio abreviado en el que ambos imputados admitieron haber integrado una agrupación orientada a imponer sus ideas mediante la fuerza y el temor, además de incitar públicamente a la violencia con el agravante de odio religioso.

La investigación y el secuestro de armamento La causa tuvo su origen en una denuncia interpuesta por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) ante los tribunales federales de la Ciudad de Buenos Aires, fuero que derivó las actuaciones a la jurisdicción tucumana tras detectar mensajes de alerta sobre foros y plataformas virtuales donde se coordinaban agresiones.

A partir de la intervención del fiscal federal Pablo Camuña, se determinó la existencia de maniobras preparatorias que contemplaban el uso de explosivos y armas de fuego contra edificios de la colectividad en la provincia. Durante los procedimientos de allanamiento ordenados en la investigación, las fuerzas de seguridad incautaron:

  • Armamento: Una decena de armas de fuego cortas y largas, sumadas a armas blancas y punzantes de diversos tamaños identificadas en publicaciones de redes sociales.
  • Equipamiento y logística: Dispositivos de radiocomunicación, computadoras, teléfonos celulares y unidades de memoria.
  • Material ideológico: Literatura de corte nacionalsocialista, elementos de propaganda y simbología vinculada a grupos de odio y posturas negacionistas.

El requerimiento de elevación a juicio, formulado por el fiscal Agustín Chit, remarcó que los acusados exhibieron una clara adscripción ideológica a postulados judeofóbicos. Durante el proceso, el Ministerio Público Fiscal ratificó que la difusión de contenidos amedrentadores, la planificación de pintadas y la preparación de medios materiales resultaron idóneos para generar una situación de alarma y temor fundado en la comunidad local.

Asimismo, la representación fiscal enfatizó que la conducta de los procesados estuvo determinada de forma directa por la persecución y el rechazo hacia un grupo religioso específico.

Además de la pena condicional, el acuerdo judicial impuso a los condenados un conjunto de reglas de conducta obligatorias, entre las que destaca la prohibición absoluta de concurrir o vincularse con organizaciones o actividades orientadas a promover la discriminación, el odio o la violencia racial y religiosa.


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