Imaginemos un divorcio, un despido y una estafa. Hasta hace poco, en Tucumán, cada uno de esos expedientes caía en manos de un juez formado durante años en esa materia específica. La reforma judicial que la Legislatura aprobó el 19 de junio de 2026 abre la puerta a que los tres puedan terminar en el mismo despacho. Ese es, despojado de tecnicismos, el corazón de la discusión que hoy tiene a la Justicia provincial enfrentada con quienes litigan en ella todos los días.
El paquete se llama formalmente leyes 9.987 y 9.988, y modifica más de veinte artículos de tres normas centrales: la Ley Orgánica del Poder Judicial (6.238), la ley que creó los Colegios de Jueces (9.119) y el Código Procesal Penal (8.933). El eje es el “multifuero”: un tribunal deja de tener una única materia asignada y pasa a poder intervenir en varias, según lo que la Corte Suprema provincial defina que hace falta en cada momento y en cada centro judicial.
Los números de la reorganización dan la dimensión del cambio. En el Centro Judicial Capital se conforma un Colegio de Jueces Penales de 38 magistrados, que absorbe también a cuatro jueces de Menores y cuatro de Ejecución Penal. En Concepción quedan 14 jueces; en Monteros, 5. Las cámaras civiles se unifican en un tribunal único con cinco salas. Y los Juzgados de Paz Letrados, que hasta ahora resolvían cuestiones menores, ganan competencia para tramitar divorcios —sin las cuestiones patrimoniales— y conflictos de consumo iniciados por consumidores.
Ese último punto es el que el oficialismo exhibe como bandera. La legisladora Carolina Vargas Aignasse defendió que la ampliación de los jueces de paz “amplía el acceso a la justicia, especialmente en comunidades alejadas”: un vecino de un pueblo del interior podrá resolver ahí mismo un trámite que antes lo obligaba a viajar a la capital. Desde la Comisión de Asuntos Constitucionales, el argumento fue todavía más concreto: la decisión de la Corte, se explicó en el recinto, es que el multifuero “es legal y, por razones presupuestarias”, permite optimizar los recursos existentes sin crear juzgados nuevos. Traducido: no hay dinero para más tribunales, entonces se reparte distinto lo que ya existe.
Del otro lado, la objeción no es económica sino constitucional. El 13 de julio, los Colegios de Abogados de la Capital y del Sur —presididos por Alberto López Domínguez y Eduardo Racedo— presentaron una demanda pidiendo que ambas leyes se declaren inconstitucionales. El planteo enumera las garantías que consideran afectadas: el juez natural, la defensa en juicio, la tutela judicial efectiva, la especialidad de los magistrados y la seguridad jurídica.
El argumento técnico se resume en una frase: el abandono del criterio de asignación material única por juzgado o cámara. Si la competencia de un tribunal puede reconfigurarse por decisión administrativa, sostienen los abogados, el ciudadano deja de saber de antemano quién va a juzgarlo, y eso es exactamente lo que la garantía del juez natural existe para impedir. A eso suman un reparo práctico que cualquier litigante entiende: un juez que hoy resuelve materia civil y mañana penal juvenil no puede tener el mismo grado de especialización que uno dedicado a una sola disciplina, y esa merma se paga en la calidad de las sentencias.
El choque no llegó de sorpresa. El 2 de junio, todavía en etapa de proyecto, el Colegio de Abogados de Tucumán había presentado en la Legislatura un dictamen técnico-jurídico con observaciones puntuales: cuestionaba la inclusión de la materia de consumo en manos de los jueces de paz, objetaba el régimen de eliminación de archivos digitales y pedía precisiones sobre las facultades de la Corte para modificar competencias. Hubo diálogo institucional y algunas observaciones fueron receptadas, pero el núcleo del multifuero se mantuvo.
Tampoco fue una sanción unánime. En el debate, los legisladores Manuel Courel, José Seleme, Agustín Romano Norri y Hugo Ledesma marcaron reparos. Courel advirtió que la reforma implicaba “un cambio de paradigma” con concentración de facultades en la presidencia de la Corte Suprema. Seleme apuntó directamente contra las competencias múltiples y Ledesma cuestionó la oportunidad de encarar una reforma estructural en este momento. Del lado del oficialismo, Rodolfo Ocaranza y Roque Tobías Álvarez la respaldaron como una modernización necesaria frente a la sobrecarga del sistema.
Queda ahora una pregunta que la Justicia deberá responder sobre sí misma: los jueces provinciales tendrán que decidir sobre la constitucionalidad de la ley que reorganiza sus propios tribunales. Mientras tanto, la reforma sigue vigente y su implementación avanza. Para el tucumano que tiene una causa abierta, el resultado de esa disputa define algo bien concreto: si su expediente lo va a resolver un especialista o un juez que esa semana, además, está mirando otras tres materias.